– Cédula de identidad o pasaporte acorde al reglamento normativo general vigente
– Boleto de avión intransferible de vuelta desde Isla de Pascua, que debe posibilitar el cumplimiento efectivo tiempo acordado en el artículo 5 (30 días naturales).
– Reserva en establecimiento autorizado por Sernatur para prestar servicios de alojamiento turístico, que asegure el hospedaje en el cual permanecerán durante su estancia en Isla de Pascua, también es posible hacer uso de la carta de invitación con alojamiento de alguna de las personas consideradas en el artículo 6 (personas habilitadas para permanecer en el territorio) o de una persona perteneciente al pueblo étnico rapa Nui. La normativa será ajustada, las autorización de los respectivos alojamientos y el modo en que serán difundidos a las personas que lo requieran
– Formulario Único de Ingreso a Isla de Pascua (FUI). Es posible ingresar los datos de manera digital aquí y así prevenir realizar este trámite en el aeropuerto. Al concluir el formulario se enviara un correo de confirmación que usted debera exponer ante la PDI. También puede solicitar el formulario impreso en el mostrador de LATAM del aeropuerto y presentar la respectiva copia.